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El derecho a cobrar pensiones no contributivas
5 de mayo de 2015

En nuestro bufete de abogados de Fuenlabrada asesoramos a aquellos clientes que no tienen derecho a cobrar una pensión contributiva, bien porque no hayan cotizado nunca o porque no lo hayan hecho el tiempo necesario, sobre qué salidas tienen para no quedarse absolutamente desprotegidos. Hablamos de las prestaciones no contributivas, que son de tres tipos: la pensión no contributiva por jubilación, por invalidez y por hijo a cargo.

Para poder acceder a pensión no contributiva de jubilación es necesario que tengas más de 65 años, que residas actualmente en España y que hayas vivido también aquí durante al menos diez años desde que cumpliste dieciséis y la fecha en la que solicitas la pensión. Además, tendrás que haber estado en el país de forma consecutiva los dos últimos años. Esta pensión es incompatible con la pensión no contributiva por invalidez y su cuantía se determinará anualmente.

Por su parte, en nuestro bufete de abogados de Fuenlabrada te comentamos que para que puedas cobrar la pensión por invalidez tienes que tener entre 18 y 65 años, vivir en España y haberlo hecho durante cinco años, los dos últimos de forma consecutiva. Tu grado de discapacidad deberá ser, como mínimo del 65%. Finalmente, para solicitar la pensión no contributiva por hijo a cargo éstos deber ser menores de 18 años o tener una minusvalía igual o superior al 65%.

Si necesitas asesoramiento profesional sobre las pensiones no contributivas, en Elena López Rodríguez, ponemos toda nuestra experiencia (más de 20 años) a tu servicio con una atención individualizada y con implicación en la defensa de tus intereses.

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