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En qué casos se puede recurrir la cláusula suelo
17 de junio de 2016

Uno de los casos más frecuentes en los últimos años sobre derecho hipotecario y la compra de viviendas en el bufete de abogados en Fuenlabrada es el de las cláusulas suelo, es decir, las determinadas condiciones abusivas en los contratos de compraventa de inmuebles que se formalizaron antes y durante la crisis, una cláusula que ha reportado beneficios durante años a los bancos de unos 60.000 euros de media por contrato, es decir, el posible ahorro de hipoteca que dejarás de pagar casi con toda seguridad si reclamas.

Hay pocos procedimientos que, de forma general, hayan tenido más casos ganados en los tribunales por el despacho de Elena López Rodríguez que el de las cláusulas suelo. No en vano, existen una serie de condiciones que distintas sentencias han considerado motivo suficiente para eliminar dichas condiciones de las hipotecas, casos que vamos a repasar en las siguientes líneas.

La Justicia tiende a sentenciar que las cláusulas serán abusivas cuando se pueda probar que los bancos no hayan proporcionado al cliente información completa sobre el contenido de la cláusula y sus implicaciones económicas, lo que en la práctica casi nunca ocurría. Pero hay muchas otras razones, como por ejemplo, que el banco no ofreciera al cliente otros productos de la entidad, sin esa cláusula, o si no se le advirtió que ese producto podía no ser adecuado para el perfil del cliente.

En el bufete de abogados en Fuenlabrada también consideramos que son casos para reclamar si no constaba el suelo en el folleto publicitario de la oferta o si estaba enmascarado, la inexistencia de oferta vinculante, si no hubo simulación de las cuotas a pagar, así como determinadas subrogaciones y novaciones.





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