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¿Es lo mismo indemnización por despido que finiquito?
4 de enero de 2021

Muchos trabajadores se ven en la obligación de contactar con un abogado laboralista en Fuelabrada tras su despido porque no saben con exactitud la cantidad de dinero que les corresponde. Esto se debe a la confusión que existe entre los términos indemnización y finiquito, los cuales tienen distinto significado.

El primer factor que diferencia a estas dos palabras reside en el tipo de despido producido. En el caso de que un abogado laboralista en Fuenlabrada o la propia empresa lo califique de despido improcedente, entrará en juego la indemnización por despido. Según la última reforma laboral, al trabajador que se encuentre en este supuesto le pertenecen de 33 a 45 días por año de trabajo dependiendo de su antigüedad laboral.

Por el contrario, el finiquito toma lugar cuando el trabajador termina su vida laboral ya sea por la finalización del contrato, voluntad propia o despido procedente. En este supuesto corresponde al empleado la cantidad proporcional a los días trabajados en ese mes, las pagas extras o pluses, los días de vacaciones no disfrutados y las horas extras en el caso de haberse realizado.

Es importante saber que si se ha producido un despido improcedente el trabajador deberá sumar el finiquito a la indemnización por despido para saber la cantidad exacta de dinero que tiene que recibir por parte de la empresa. Con esto queremos dejar claro que independientemente de la forma en la que se produzca el fin del periodo laboral, el trabajador tendrá siempre derecho a finiquito. La empresa debe abonar la cantidad correspondiente el último día de trabajo o en el menor tiempo posible realizando un documento que firmarán ambas partes tras una revisión exhaustiva.

Si has finalizado tu relación laboral recientemente y no tienes claro qué tipo de paga debes recibir, no dudes en contactar con Elena López Rodríguez, donde te asesoraremos de manera personalizada.


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