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Medidas legales en caso de violencia de género
3 de abril de 2016

La violencia de género es uno de los mayores dramas que puede vivir cualquier persona. Por eso, en nuestro bufete de abogados de Fuenlabrada siempre que atendemos a víctimas de estos delitos nos ponemos en marcha para conseguir unas medidas cautelares.

En la Ley Orgánica de 2004 sobre Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género se pretende castigar los delitos cometidos, evitar que se produzcan agresiones y mejorar la situación de las personas que han sufrido o que sufren malos tratos.

Una medida muy importante es el alejamiento del agresor. Está prohibida la residencia en un determinado lugar, acudir o aproximarse y comunicarse con determinadas personas.

En función del hecho que haya denunciado la víctima, y atendiendo a la pena que se pueda solicitar, el juzgado tendrá que tramitar y procesar el asunto siguiendo diferentes procedimientos: juicio de faltas, juicio de faltas inmediato, procedimiento abreviado, procedimiento ordinario, procedimiento para el enjuiciamiento rápido e inmediato, tribunal ante el jurado.

Además, las víctimas tienen derecho a solicitar una orden de protección, una resolución judicial que reconoce la existencia de una situación de riesgo para la víctima y señala su protección mientras se tramita el procedimiento penal.

En caso de que hayas sido víctima de malos tratos en el ámbito doméstico te aconsejamos que llames sin falta a un teléfono de atención y que hables con los profesionales de nuestro bufete de abogados en Fuenlabrada.

El equipo de Elena López Rodríguez te dirá cómo actuar en cada momento para conseguir un alejamiento y protección adecuados. 

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