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Qué es la nulidad matrimonial
11 de marzo de 2015

Nuestro bufete de abogados matrimonialistas para Leganés te explica que la nulidad matrimonial, tanto desde el punto de vista del derecho civil (que es el que nos compete a nosotros) como en función del derecho canónico.

La nulidad matrimonial no es otra cosa que invalidar un matrimonio o, lo que es lo mismo, considerar que éste jamás ha existido, debido a un vicio o un defecto fundamental durante su celebración. Así, la ley determina que un matrimonio es nulo cuando se ha celebrado sin consentimiento o por coacción y cuando ha tenido lugar entre personas menores de edad no emancipadas o entre personas que ya están casadas.

Los matrimonios que se celebran entre parientes en línea recta de consanguinidad o colaterales hasta el tercer grado tampoco son válidos a efectos legales, al igual que los que tiene lugar entre contrayentes que han sido condenados como autores o cómplices de la muerte del esposo o esposa anterior de cualquiera de los dos. Tampoco tiene efecto un matrimonio en el que no haya intervenido un juez o funcionario del ayuntamiento o aquel en el que no hay testigos.

Aunque queda fuera de nuestro ámbito de actuación, como abogados matrimonialistas para Leganés te comentamos algunas de las causas de nulidad matrimonial según el derecho canónico. Algunas de ellas son comunes al derecho civil, como el impedimento de vínculo o el de consanguinidad, pero otras no. Así, por ejemplo, la ley eclesiástica invalida un matrimonio si el varón es impotente o la mujer es frígida. Es decir, si no pueden consumar. Y también si uno de los contrayentes oculta que es estéril.

En Elena López Rodríguez encontrará a tus abogados especializados en derecho matrimonial y de familia para todo tipo de situaciones: nulidades, separaciones y divorcios, custodias, pensiones, liquidación de gananciales…

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