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Qué es la plusvalía en las herencias
12 de abril de 2021

Como abogado de herencias en Fuenlabrada hemos detectado a lo largo de nuestra trayectoria profesional, que nuestros clientes suelen estar bastante bien informados sobre el Impuesto de Sucesiones, pero desconocen que existe otro gravamen cuando recibimos en herencia un inmueble.

Su nombre técnico es el de Impuesto del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, pero habitualmente se conoce como plusvalía municipal y no es otra cosa que el impuesto que tiene como objetivo corregir el valor de la casa entre el momento en que la adquirió la persona que fallece y cuando se recibe en herencia por el o los herederos, independientemente de su condición. La sorpresa viene cuando los clientes de Elena López Rodríguez se enteran por nosotros que recibir cualquier vivienda urbana implica el pago de esta tasa, con la única excepción de las fincas rústicas.

Se trata de un impuesto que, dependiendo de la época, puede suponer un alto coste porque habitualmente los pisos suben de valor. Y es que lo que ha ocurrido recientemente con el estallido de la burbuja inmobiliaria no es ni mucho menos habitual en el sector.

En todo caso, los abogado de herencias en Fuenlabrada podemos tramitar la gestión, que es de tipo municipal. Y es que son los propios ayuntamientos los que determinan cuánto pueden tasar cada año transcurrido entre que el piso pasa de unas manos a otras, aunque se establecen unos valores máximos que oscilan entre el 3% y el 3,5%. Para liquidar este gravamen se suelen dar de plazo hasta cuatro años, aunque para la solicitud hay que hacerlo con mayor rapidez. Hay un plazo de seis meses o un año como mucho para solicitar el trámite de este impuesto, a contar desde día del fallecimiento del testador.


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