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Sobre los herederos forzosos
4 de enero de 2016

¿Buscando un abogado de herencias en Fuenlabrada? Si es así, creemos que puede interesarte conocer la figura de los herederos legitimarios. Para saber quiénes son, no te pierdas esta entrada del blog.

Los herederos legitimarios o forzosos son aquellos sujetos a los que, por ley, les corresponde recibir una parte de la herencia legada por uno de sus familiares.

Para herencias de todo tipo, te aconsejamos poner la situación en manos de un profesional que pueda asesorarte y guiarte.

Los herederos forzosos son una figura importante en el campo de las herencias y los testamentos. Hay que tenerlos en cuenta y dejarles como legado la parte a la que tienen derecho por ley. Hay algunas excepciones a estas situaciones que queremos que conozcas: si una persona es desheredada o antes se han recibido bienes que compensan la asignación.

Si estás buscando un abogado de herencias en Fuenlabrada, puede venirte bien echar un vistazo al artículo 813 del Código Civil. En él se habla así de los herederos legitimarios: “El testador no podrá privar a los herederos de su legítima sino en los casos expresamente determinados por la ley. Tampoco podrá imponer sobre ella gravamen, ni condición, ni sustitución de ninguna especie, salvo lo dispuesto en cuanto al usufructo de viudo y lo establecido en el artículo 808 respecto de los hijos o descendientes judicialmente incapacitados”.

En el despacho de Elena López Rodríguez, también te recomendamos leer el artículo 807 del mismo Código Civil. En este se explica que los herederos forzosos son los hijos y descendientes respecto a sus padres y ascendientes. 

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