De
vez en cuando, en los despachos de abogados matrimonialistas de Getafe, nos preguntan sobre la forma de desheredar a un
hijo. Influidos, probablemente por las películas y series americanas, algunos
padres pretenden castigar de esta manera el mal comportamiento de sus hijos.
Sin embargo, la legislación española apenas permite que pueda darse esta
situación en casos muy concretos. Y en todos ellos, ha de intervenir
previamente un juzgado.
Sólo puede desheredarse a un hijo que haya sido condenado por haber atentado
contra la vida de sus padres o por haberlos maltratado física o
psicológicamente. También puede perder todos sus derechos si es el hijo el que
acusa falsamente a los padres de haber cometido un delito que el Código
Penal castigue con una pena de seis o
más años de prisión, también por obligar a los padres a modificar su testamento
mediante amenazas, fraude o violencia explícita. Pero todos estos casos han de
ser previamente ratificados en un juzgado y, por nuestra experiencia en el
despacho de Elena
López
Rodríguez,
sabemos que no es nada fácil tomar la decisión de llevar un hijo ante la
justicia
Cuando se va hacer testamento, los
bienes pueden dividirse en tres partes iguales. Una de estas partes se
repartirá en partes iguales entre todos los herederos. Otra de las partes se
destina a los mismos herederos pero el reparto se hace a criterio del testador.
Por último, un tercio de los bienes puede disponerlos como bien le plazca,
incluso a alguien ajeno a la familia.
En cualquiera de los despachos de abogados matrimonialistas de Getafe
le sugerirán que haga testamento y limite la herencia
a la oveja negra al mínimo legal estipulado. Claro que también tiene la opción
de gastarse todos sus ahorros de forma que, a su fallecimiento no quede nada
que heredar.