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Patria potestad, guardia y custodia de los hijos
24 de octubre de 2022

Los abogados de familia en Móstoles sabemos muy bien que las principales víctimas en un divorcio son los niños. La separación, la nulidad y el divorcio en ningún caso eximen a los padres de las obligaciones con sus hijos.


La patria potestad siempre suele ser compartida en la mayoría de los casos. Solo se priva de ellos en casos extremos como maltrato o la no prestación de alimentos. Se trata del conjunto de decisiones que deben de tomar los padres, por ejemplo, en la educación de sus hijos: acordar en qué colegio van a estudiar o a qué campamento pueden ir en verano.

 

Sin embargo, la guardia y custodia será compartida siempre y cuando la soliciten los padres. En ese caso será el juez quien decida  adoptar las medidas necesarias para cumplir eficazmente el regimiento de guardia establecido. En el despacho de Elena López Rodríguez somos expertos en este tipo de procedimientos legales. Si alguno de los dos padres está inmerso en un proceso penal por atentar contra la integridad física de alguien, jamás podrá tener la guardia compartida.


No obstante, como abogados de familia en Móstoles sabemos que en la mayoría de las demandas de divorcio que atendemos en nuestro despacho, solo uno de los cónyuges es quien tiene la guardia y custodia de los hijos. En este caso, será el juez quien la dictamine intentando proteger el interés superior del menor. En el 95% de los casos la sentencia siempre es favorable a la madre, aunque se fijará un régimen de visitas para el progenitor que no tenga la custodia. Si el niño tiene más de 13 años se podrá tener en cuenta su opinión a la hora de establecer las fechas de las visitas. 


Si tienes alguna duda, llámanos o ven a visitarnos. Estaremos encantados de atenderte.

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